Desde que se iniciara la «amenaza» del Brexit de Reino Unido, todo ha sido un mar de dudas. Desde el momento en el que saldrían realmente de la Unión Europea, hasta cómo serían las consecuencias de dicha salida.
Pues aquí os traemos una de ellas: los británicos en España con carnet de conducir, deben cambiar su permiso en un plazo inferior a un mes (último día 31 de diciembre). Ojo que avisamos con margen y luego con las fiestas y la Pandemia esto puede ser un follón.
Un mes para cambiar tu carnet de conducir. Brexit Dixit.
Si por un casual, eres británico y estabas afincado en España no tienes tanto problema, pero si pasas temporadas….¡Ay amigo! Tienes un mes, para cambiar tu permiso de circulación. A partir de ese momento, tu licencia es un permiso de conducción válido en España sólo durante seis meses desde tu entrada a nuestro país o desde que obtengas el permiso de residencia.
¿Qué debes saber? Solicitar un canje por el permiso de conducir español
El Reino Unido dejará de pertenecer de forma efectiva a la Unión Europea a partir del 31 de diciembre de 2020, por lo que todos los acuerdos en materia de tráfico en el marco de la UE dejarán de tener validez para los titulares de los permisos de conducir expedidos por el Reino Unido.
Los permisos provenientes del Reino Unido solo serán válidos para conducir en España durante los primeros 6 meses posteriores al BREXIT, siendo necesario si eres residente en nuestro país y quieres seguir conduciendo, solicites el canje, renovación o sustitución de tu licencia del Reino Unido por el equivalente español hasta el 30 de diciembre de 2020.
El canje del permiso consiste en la homologación del permiso de conducir que tengas, cambiándolo por el equivalente español, lo cual es más sencillo de realizar que obtener un nuevo permiso.
2021: el nuevo orden mundial post BREXIT
Para evitar que no queden rezagados sin informar de los nuevos cambios normativos, logísticos y políticos, desde El Gobierno Británico, llevan lanzando varias campañas informativas orientadas a sus ciudadanos y a las empresas que pueden verse afectadas por el dicho ‘Brexit’, que entra en vigor el 1 de enero de 2021.
Desde la DGT han habilitado una web donde informan de todo lo necesario para hacer la gestión y resolver todo tipo de dudas.
En esta página web de la DGT informan y facilitan los trámites del cambio, renovación o sustitución de los carnets de conducir británicos.
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